Funciones
Le corresponde al Vicerrectorado de Sostenibilidad y Cultura las siguientes funciones:
- El impulso y la coordinación del Sistema de Dirección Estratégica de la Universidad.
- La implementación de mecanismos que faciliten la coordinación de la acción de gobierno en la Universidad, a través del establecimiento de objetivos estratégicos transversales.
- El diseño y mantenimiento de un sistema de indicadores que permita el seguimiento constante del Sistema de Dirección Estratégica.
- La colaboración con la Gerencia en el desarrollo de los presupuestos de la Universidad, asegurando la viabilidad de las líneas establecidas en el Sistema de Dirección Estratégica.
- El impulso a la incorporación transversal de los principios de sostenibilidad y los objetivos de la agenda 2030 en las políticas de la Universidad.
- La valoración y optimización del impacto medioambiental de las políticas desarrolladas por la Universidad.
- La promoción del impacto social de la Universidad, desarrollando iniciativas propias de Acción Social y Solidaria.
- La promoción de la responsabilidad social de la Universidad en su gestión como entidad empleadora y contratante.
- El diseño y ejecución de la política cultural de la Universidad.
- La coordinación de las actividades de extensión universitaria, tanto los Programas Estacionales como las Escuelas Culturales y Sociales.
- La promoción de la colaboración y el desarrollo de convenios con Administraciones y entidades privadas para la ejecución de iniciativas conjuntas en materia social, cultural y medioambiental.
- La promoción de la participación de la comunidad universitaria en el desarrollo de iniciativas sociales, culturales y medioambientales.
- La vigilancia de las condiciones de trabajo del personal de la Universidad y el desarrollo de políticas para facilitar la concialiación de la vida personal y laboral.
- La preparación y propuesta al Consejo de Dirección de la normativa a aprobar por el Consejo de Gobierno en cuestiones propias de su Vicerrectorado.
- Cualquier otra competencia que le sea delegada por el rector o conferida en los Estatutos y en las norma dictadas para su desarrollo.